- Certificado Notarial Personal:
Los Certificados Notariales
Personales son certificados electrónicos reconocidos
conforme a la Ley 59/2003 de Firma Electrónica.
Se usan exclusivamente para la firma electrónica reconocida
de documentos o mensajes, garantizando la autenticidad del
emisor, el no repudio de origen y la integridad del contenido.
Los Certificados Notariales Personales son emitidos a
personas físicas previa identificación y autenticación ante el
Notario que actúa como Autoridad de Registro de ANCERT (Agencia
Notarial de Certificación). Se
utilizan sólo tarjetas criptográficas como único soporte de los
certificados.
El Notario solicitará al interesado la siguiente
documentación:
- Documento nacional de identidad/pasaporte o cualquier otro
medio admitido en derecho, siempre que contenga al menos la
siguiente información:
- Nombre y apellidos
- Lugar y fecha de nacimiento
- Número de Identidad reconocido legalmente
- Otros atributos del Solicitante
- Dirección de correo electrónico (E-mail)
- Domicilio
- Para acreditar el atributo que, en su caso, desee el
Solicitante incluir en el Certificado, se aportará el
Documento oficial o auténtico del que deriva dicho atributo
(pertenencia a un colegio profesional, un cargo público,
titulación, etc...)
El coste del certificado es de 120€ (IVA no incluido). Este
importe se abonará en la Notaría en el momento de formalizar la
emisión del certificado.
Periodo de validez del certificado electrónico: 3 años.
- Certificado Notarial Corporativo:
Los Certificados Notariales Corporativos son emitidos a
personas jurídicas previa identificación y autenticación ante el
Notario que actúa como Autoridad de Registro de ANCERT. Se
utilizan tarjetas criptográficas Módulos Hardware de Seguridad
(Hardware Security Modules - HSM) como únicos soportes de los
Certificados.
El Notario solicitará al Solicitante la siguiente
documentación:
- Documento nacional de identidad/pasaporte o cualquier otro
medio admitido en derecho, siempre que contenga al menos la
siguiente información:
- Nombre y apellidos
- Lugar y fecha de nacimiento
- Número de Identidad reconocido legalmente
- Otros atributos del Solicitante
- Escritura original de donde derive la representación del
Solicitante de la persona jurídica con expresión de sus
facultades y su vigencia, inscrita en su caso en el Registro
Mercantil, en caso de que se trate de una sociedad española, o
en la oficina de registro equivalente en el caso de sociedades
extranjeras.
Además, respecto a la persona jurídica, el Solicitante deberá
facilitar la siguiente documentación:
- Documento oficial o auténtico del que deriva el atributo
del Solicitante cuando se desee que el Certificado lo recoja
(pertenencia a un colegio profesional, un cargo público o su
titulación)
Además, respecto a la persona jurídica representada, el
Solicitante deberá facilitar la siguiente información:
- Escritura original de constitución de la persona jurídica
inscrita en el Registro Mercantil, en caso de que se trate de
una sociedad española, o en la oficina de registro
administrativo equivalente en el caso de sociedades
extranjeras.
- NIF o número de identificación fiscal equivalente en caso
de sociedades extranjeras.
- Domicilio
- Dirección de correo electrónico (E-mail)
El coste del certificado es de 140€ (IVA no incluido). Este
importe se abonará en la Notaría en el momento de formalizar la
emisión del certificado.
Periodo de validez del certificado electrónico: 3 años.
- Certificado Notarial Servidor Seguro:
Los Certificados Notariales
de Servidor Seguro son certificados electrónicos
diferentes de los certificados electrónicos definidos y
regulados por la Ley 59/2003 de Firma Electrónica.
El uso de estos certificados no es para realizar firma
electrónica sino que está destinado exclusivamente para
establecer comunicaciones seguras y autenticadas entre servidor
y cliente SSL.
Los Certificados Notariales de Servidor Seguro son emitidos a
servidores informáticos previa identificación y autenticación
ante el Notario del responsable del servidor, sea persona física
o jurídica.
En caso de persona física, el Notario solicitará a dicho
responsable los siguientes documentos:
- Documento nacional de identidad/pasaporte o cualquier otro
medio admitido en derecho, siempre que contenga al menos la
siguiente información:
- Nombre y apellidos
- Lugar y fecha de nacimiento
- Número de Identidad reconocido legalmente
- Otros atributos del Solicitante
- Dominio de Internet.
En caso de persona jurídica, deberá facilitarse la siguiente
documentación:
- Escritura original de constitución de la persona jurídica
inscrita en el Registro Mercantil, en caso de que se trate de
una sociedad española, o en la oficina de registro
administrativo equivalente en el caso de sociedades
extranjeras.
- NIF o número de identificación fiscal equivalente en caso
de sociedades extranjeras.
- Dominio de Internet
- Escritura original de donde derive la representación del
Solicitante con expresión de sus facultades y su vigencia,
inscrita en el Registro Mercantil, en caso de que se trate de
una sociedad española, o en la oficina de registro equivalente
en el caso de sociedades extranjeras.
El coste del certificado es de 540€ (IVA no incluido). Este
importe se abonará en la Notaría en el momento de formalizar la
emisión del certificado.
Periodo de validez del certificado electrónico: 3 años.
.
Solicitud
www.ancert.com